Documentos para el DNI de un bebé y requisitos en 2024

DNI para recién nacido - documentación requerida
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Tras la inscripción de un recién nacido en el Registro Civil y su posterior empadronamiento en el ayuntamiento correspondiente, padres de toda España se disponen a expedir un DNI para su bebé, incluso si no es obligatorio.

Es aquí cuando se plantea la pregunta: ¿Qué documentación se entrega para el DNI de un bebé? ¿Y para un bebé nacido o residente en el extranjero?

Conoce la lista completa de documentos para el DNI de un bebé que serán requeridos el día de la cita previa, según el Artículo 5 del Real Decreto 1553/2005. Además, te enseñamos cómo Passport Photo Online, una app con más de 1 millón de descargas, te podría sacar de un apuro.

¿Qué documentos necesito para hacer el DNI a un bebé?

Con la finalidad de expedir un DNI a un bebé, se deberán entregar los siguientes documentos el día de la cita:

  • Certificado literal de nacimiento
  • Volante o certificado de empadronamiento
  • Foto para DNI

Además, es requisito esencial pagar 12 €, que es el importe correspondiente a la tasa por expedición del DNI, y que los padres entreguen su DNI (serán devueltos de inmediato). 

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A continuación se comenta cómo obtener cada uno de estos documentos necesarios para el DNI de un recién nacido y otros aspectos a tener en cuenta.

Documento #1: certificado literal de nacimiento

La certificación literal de nacimiento debe ser expedida:

  • Por el Registro Civil
  • Con una antelación máxima de 6 (seis) meses a la fecha de la cita 
  • Además, deberá incluir una anotación en donde se indique que dicha certificación fue expedida a los solos efectos de obtener un DNI. 

En el caso de que la certificación literal de nacimiento haya sido expedida por una comunidad bilingüe, como por ejemplo la Xunta de Galicia o La Generalitat Valenciana, y que el documento original haya sido redactado en una lengua distinta al castellano, se deberá aportar una copia traducida, la cual podría ser solicitada a dicha administración. 

La emisión del certificado literal de nacimiento es completamente gratuita y puede ser solicitada mediante la página web del Ministerio de Justicia. El trámite puede ser realizado telemáticamente e incluso será posible obtener el documento en el mismo momento, en formato digital, siempre y cuando el solicitante:

  • cuente con certificado digital, o 
  • esté registrado en el sistema Cl@ve. 

De no ser así, el trámite se podría realizar de manera online pero el documento será remitido al domicilio del solicitante por correo ordinario.

Documento #2: certificado de empadronamiento

Certificado o volante de empadronamiento del ayuntamiento correspondiente. Es decir, el certificado deberá ser solicitado al ayuntamiento donde los padres hayan registrado el domicilio del bebé con anterioridad, con una antelación máxima de 3 (tres) meses. 

Este documento acredita que el bebé ha sido dado de alta en el padrón municipal.

Dependiendo del ayuntamiento, el documento podría ser solicitado por internet, para lo que usualmente se requiere identificación digital. 

Aún así, la expedición de un volante o certificado de empadronamiento, por ejemplo, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid se podría realizar sin identificación electrónica y recibir el documento por correo electrónico. También es posible solicitarlo por teléfono o acudiendo presencialmente a las Oficinas de Atención a la Ciudadanía tras solicitar cita previa.

Documento #3: foto para DNI

Se requiere, por último, la entrega de una fotografía reciente, en tamaño 32 x 26 milímetros y en regla con el resto de requisitos para una foto del DNI, establecidos por el Ministerio del Interior del gobierno español.

Particularmente en esta ocasión, sería recomendable generar una foto carnet con el móvil. Por un lado, dada la imposibilidad de tomar una foto DNI para un bebé en un fotomatón. Y en el caso de un estudio fotográfico, debido a la dificultad de encontrar un profesional que cuente con el equipo necesario para tumbar al bebé y tomar la foto, además del posible mal rato que pasará el bebé fuera de su entorno familiar.

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Documentación para el DNI de un bebé residente o nacido en el extranjero

Un bebé residente o nacido en el extranjero podría expedir un documento nacional de identidad en España, aunque la documentación que sus padres deberán entregar será distinta.

Además de la anteriormente mencionada foto carnet, los documentos requeridos en este caso serán:

  • Certificado de inscripción del bebé en el Registro Civil del Consulado español habilitado en el correspondiente país de nacimiento. Para ello, será necesario el certificado de nacimiento del bebé, al igual que el libro de familia, y un documento identificativo que acredite la nacionalidad española del padre, madre, o tutor legal. Una vez realizado el registro, el bebé pasará a obtener la nacionalidad española.
  • Certificado de acreditación de residencia en el extranjero emitido por el Consulado Español, que muestre dónde están empadronados en la actualidad y el número de inscripción consular. Dicho documento debe ser expedido como máximo 3 (tres) meses antes de la cita previa y ser expedido a los solos efectos de obtener el documento de identidad.
  • Si el bebé cuenta con una Tarjeta de Identificación de Extranjeros (TIE), su entrega será requisito indispensable. Lo mismo si, de modo alternativo, el recién nacido posee un Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea, donde se podrá además verificar el Número de Identificación de Extranjero (NIE).

*ATENCIÓN: aquellos bebés que obtengan su documento de identidad español durante este periodo ‒ es decir, durante un periodo de residencia en el extranjero ‒ tendrán que renovar el documento nada más trasladen su residencia a España, debido a la obligatoriedad de actualizar la información referente a su domicilio. En este caso, ya no se trataría de una primera expedición, por lo que se requiere entregar la documentación requerida para renovar un DNI.

Lista con los documentos necesarios para expedir el DNI de un bebé nacido o residente en el extranjero.

¿Es suficiente con la documentación para el DNI del bebé?

No solo será suficiente con entregar la documentación necesaria para el DNI de un recién nacido, y es que, además, será requerido:

  • El pago de una tasa por expedición del DNI, la cual es de 12 €. En caso de que el bebé sea miembro de una familia numerosa, la expedición será gratuita siempre y cuando se acredite dicha condición de manera oficial.
  • La presencia del bebé es requerida para expedir el documento de identidad. Tan solo será justificada su ausencia con la entrega de un informe médico que acredite su discapacidad o enfermedad crónica. En este caso, un equipo móvil de la Policía Nacional se desplazará para realizar el trámite.
  • La presencia física de la persona que disfrute de la patria potestad o tutela del bebé. Tan solo será necesaria la presencia de una de estas personas, e incluso sería posible rellenar un modelo de apoderamiento en caso de que sea otra persona quien acuda como acompañante.
  • Dicho adulto deberá llevar consigo su respectivo documento nacional de identidad o pasaporte.

Si se desea expedir el DNI sin cita previa, se deberá también entregar un billete de avión o cualquier otro documento que verifique la urgencia para expedir el documento de identidad del recién nacido.

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Preguntas frecuentes

Encuentra la respuesta a todas aquellas preguntas referentes al DNI de tu bebé y la documentación requerida para su expedición.

¿Qué documentos necesito para hacer el DNI a un bebé?

Los documentos que se necesitan para hacer el DNI a un bebé son el certificado literal de nacimiento, el certificado de empadronamiento y una foto carnet en regla con los requisitos establecidos por el gobierno español. El padre, madre, o tutor legal del menor, quien deberá acudir como acompañante, deberá llevar también su respectivo carnet de identidad o pasaporte español.

¿Qué documentos necesito para sacar el DNI a un bebé nacido o residente en el extranjero?

Si el bebé ha nacido o reside en el extranjero, los documentos que se deberán entregar son la certificación de inscripción en el Consulado español habilitado en el país en cuestión, el certificado de acreditación de residencia en el extranjero emitido por esta misma institución y, en caso de que el bebé cuente con este documento, la Tarjeta de Residencia para Extranjeros (TIE) o el Certificado de Registro de Ciudadano de la UE.

¿Qué mas hace falta aparte de la documentación para hacer el DNI a un bebé?

Además de la documentación requerida para el DNI de un recién nacido, se deberá realizar el pago de una tasa de 12 €. También será necesaria la presencia del bebé y de uno de los progenitores o tutores legales del bebé, quien deberá ir a la cita debidamente identificado.

Documentos para el DNI de un bebé: resumen

En resumen, los documentos requeridos para expedir el DNI de un bebé son la certificación literal de nacimiento, el volante de empadronamiento, y una foto tamaño carnet.

En caso de que el bebé sea residente de un país extranjero o haya nacido fuera de España, será necesario entregar en su lugar otra documentación distinta, a excepción de la foto carnet que siempre es solicitada. 

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Fuentes